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FINANCIACIÓN \ GASTOS QUE CONLLEVA LA SOLICITUD Y FORMALIZACIÓN DEL PRÉSTAMO HIPOTECARIO

GASTOS QUE CONLLEVA LA SOLICITUD Y FORMALIZACIÓN DEL PRÉSTAMO HIPOTECARIO

La formalización de un préstamo hipotecario presenta una serie de gastos además de las cuotas de amortización de capital y los intereses. que conviene que tengas en cuenta a la hora de calcular la cantidad que debes pedir.

GASTOS PARA LA SOLICITUD DEL PRÉSTAMO.

oComisión de apertura:::: Bajo esta denominación se recogen todos los gastos de estudio del préstamo, de concesión, de tramitación u otros similares, que le haya supuesto a la entidad prestamista, la gestión de tu préstamo hipotecario. La comisión de apertura se expresa en un tanto por ciento del importe del préstamo, y se paga de una sola vez.

Ejemplo: la comisión del 1% en un préstamo de 16.000.000 de pesetas, supondrían 160.000 a pagar a la entidad.

oTasación de la vivienda:::: El valor de la tasación varía en función de la sociedad o el profesional que se encargue de la misma, pero puedes saber de antemano cuánto te va a costar, no solo porque puedes elegir tú la sociedad tasadora que te convenga, sino también porque el Banco suele introducir esa información en el folleto informativo de la hipoteca. La tasación te supondrá un gasto aproximado de 25.000 o 35.000 pesetas.

oVerificación registral:::: es decir la solicitud al Registro de la Propiedad de la información sobre la vivienda que compras para la comprobación de la titularidad y las cargas que sobre ella recaigan. Si la verificación tiene forma de «nota simple» el precio es de 580 pesetas.

oSeguros de incendios:::: La entidad financiera te obligará a contratar un seguro de incendios a su favor, por el valor de tasación del bien sin contar con el valor del suelo. De esta manera, el Banco o la Caja se aseguran de que recibirán la cantidad que prestaron, en caso de que se produjera la destrucción de la vivienda.

Hoy en día, en casi todos los casos se contrata un seguro «Multiriesgo del hogar», que cubre tanto el continente como el contenido de la vivienda asegurada.

oSeguro de vida: : Aunque no es obligatorio, la mayoría de las entidades recomiendan la suscripción de un seguro de vida que cubra la cantidad que tienes que pagar. De esta manera en caso de invalidez o fallecimiento, el préstamo quedaría automáticamente amortizado eximiendo de dicha responsabilidad a los herederos.

GASTOS DE FORMALIZACIÓN DE LA HIPOTECA.

oNotario:::: Los aranceles notariales son los mismos para todos los notarios, están fijados por el gobierno mediante Real Decreto y son obligatorios, es decir, ni los notarios, ni los Colegios, pueden modificarlos en ningún caso ni al alza ni a la baja., El notario tiene obligación de informarte si así se lo pides, de la cantidad exacta de sus honorarios, no obstante obtendrás esa información de la entidad financiera en la que contratas el préstamo.

El precio es una cantidad en función de la suma de responsabilidades -por cantidad debida, contando intereses, costas, y gastos- garantizados con la hipoteca. Algunos documentos están especialmente bonificados como ocurre en el caso de subrogación y novación de préstamos hipotecarios.

oGestoría:::: Como se ha mencionado en el apartado de formalización del préstamo hipotecario, debe liquidarse el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados antes de presentar la escritura en el Registro de la Propiedad para la inscripción.

La tramitación normalmente la lleva la gestoría que trabaja con la entidad financiera y el mismo día de la escritura habrá que hacer una provisión de fondos para que comience los trámites necesarios para la constitución de la hipoteca.

Conviene que te enteres bien de cuánto va a cobrar por su gestión, porque las tarifas pueden variar bastante, recuerda que puedes hacerlo por tu cuenta y ahorrarte el dinero que supone el pago de la gestoría.

oImpuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD):::: Las escrituras notariales están sujetas al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Este impuesto tiene que pagarse en la Delegación Provincial de Hacienda antes de solicitar la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad.

La cantidad a pagar será el 0,5% de la cantidad total garantizada, lo que viene a suponer entre el 1,% y el 2% del importe del préstamo.

oRegistro: : Según la legislación española la garantía hipotecaria solo queda constituida cuando la escritura pública notarial se inscribe en el Registro. El precio depende de la cantidad del préstamo recibido.

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